Se venció el plazo para que las personas físicas obligadas presentaran su declaración anual de impuestos, ahora vendrán las multas y sanciones por no haber cumplido con la obligación fiscal, afirmó José Jesús Rodríguez Ambriz consultor fiscal.
“Por omisión sin requerimiento previo: Si no presentas la declaración dentro del plazo establecido, generalmente hasta el 30 de abril, la multa puede oscilar entre 1,810 y 22,400 pesos por cada obligación no declarada. Por omisión con requerimiento del SAT: Si el SAT te ha requerido la presentación de la declaración y no atiendes dicho requerimiento, la sanción aumenta, situándose entre 18,630 pesos y 36,740 pesos”.
En entrevista con 88.9 noticias, nos explicó también, que por presentar la declaración después del plazo establecido, la multa puede ir de mil 810 a 44 mil 790 pesos, dependiendo del tiempo transcurrido y otras circunstancias.
El consultor fiscalista José Jesús Rodríguez Ambriz, también nos habló de las sanciones económicas por no haber presentado correctamente la declaración.
“Si la declaración contiene errores o se presenta incompleta, las multas pueden variar entre 4,340 y 14,230 pesos.
Omisión de ingresos: Si se detecta que omitiste declarar ingresos, la sanción puede ser del 5% al 20% sobre los ingresos no reportados”.
Agregó que además de las multas, se aplican recargos y actualizaciones sobre los impuestos no pagados, los cuales se calculan conforme a las tasas establecidas por el Banco de México.
Además el incumplimiento puede llevar al bloqueo temporal de tu e.firma o limitaciones para emitir facturas, afectando la actividad económica del contribuyente.
Por todo ello, el especialista en temas fiscales recomendó a los contribuyentes siempre cumplir antes de la fecha límite, revisar y asegurarse de que la información proporcionada al Servicio de Administración Tributaria (SAT) este completa y correcta, y atender los requerimientos en los plazos establecidos por la autoridad.








