Chiapas avala la interrupción del embarazo desde los primeros 90 días

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Los diputados de Chiapas, sesionaron a puerta cerrada y de forma fast track, para avalar la reforma al artículo 181 del Código Penal del estado, con respecto a la interrupción del embarazo.

La iniciativa establece la suspensión del embarazo desde los primeros 90 días en adelante, cuando éste sea producto de una violación, cuando la madre corra peligro de muerte o cuando se determine que el producto sufra alteraciones genéticas o congénitas, previo dictamen médico.

La reforma fue rechazada por los obispos de la entidad, pero con la aprobación de los legisladores locales, “se da cumplimiento a la declaratoria general de inconstitucionalidad 5/2022 promovida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y al Amparo en Revisión 438/2020”.

Por ello, no será punible el aborto por las consecuencias antes mencionadas. Y no será posible la demora.