Los vapeadores, cigarrillos electrónicos y otros productos similares se venden en tiendas departamentales, plazas comerciales, así como en el comercio informal y mediante redes sociales, pese a que desde el pasado 18 de enero entró en vigor su prohibición tras las reformas en materia de protección a la salud de los artículos 4° y 5° constitucionales, así lo constató 88.9 Noticias durante un recorrido.
La comercialización de los dispositivos de quema de nicotina, aceites y tabaco se concentra en el Centro de la Ciudad de México, sobre todo en algunas pequeñas plazas, de manera clandestina. Saben de la restricción, pero no la respetan. Los precios van desde los 100 a más de 1 mil pesos.
“En la calle puedes consumir y todo pero lo que está prohibido ahorita es la comercialización, no hay problema con portar, consumir”.
Pero la venta también se realiza en reconocidas tiendas departamentales y en plazas comerciales, bajo la justificación de que los dispositivos que están en sus vitrinas no se trata de vapeadores o cigarrillos electrónicos, pues estos sí queman tabaco y no son parte de la restricción, aseguran.
“Como tal los vapes ya no los manejamos, aquí en el país están prohibidos, lo más cercano es un dispositivo para calentar tabaco”.
Al respecto, quienes los ofertan, aseguran que no están diseñados para dejar de fumar, debido a que usan tabaco, nicotina, esencias o cápsulas de sabores. Con respecto a estos, el precio de los más económicos se ubica en 599 pesos.
“Nosotros no estamos pensados para dejar de fumar, quitamos químicos dañinos, es mejor dejar de fumar, pero adicional a eso quitamos los malos aromas y cenizas”.
La reforma a los artículos 4° y 5° constitucionales, establece que la ley sancionará toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos. Además, queda prohibido el comercio, el trabajo, la industria y actividades relacionadas.
Sin embargo, actualmente hay un vacío legal, pues aún no existen leyes secundarias o reglamentarias que castiguen la comercialización de los ‘vapes’ o, incluso, el consumo por los usuarios en la vía pública.
En el decreto, publicado el pasado 17 de enero, sobre las reformas constitucionales en materia de salud, se detalla que el Congreso debe armonizar el marco jurídico, con modificaciones a leyes o nuevas leyes, para lo cual tiene 180 días; no obstante, en la Cámara de Diputados no se ha mencionado nada sobre alguna iniciativa de ley acerca de los cigarrillos electrónicos.
Durante la discusión de la reforma, hubo posturas encontradas en la Cámara de Diputados, al criticar que esta prohibición se equipara con el uso ilícito de fentanilo y otras drogas sintéticas, así lo dijo, el diputado del PAN, Éctor Jaime Ramírez.
“Creo que absolutamente nadie en este Pleno va a negar que colocar en la misma reforma constitucional una prohibición al fentanilo con una a los vapeadores es a todas luces un exceso”-
De acuerdo con la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), el daño que producen los vaporizadores, que queman sales nicotina y aceites, o aquellos que calientan tabaco, son igualmente dañinos para la salud.
Entre las principales repercusiones a la salud están las de tipo respiratorio, que pueden derivar en cáncer, asma y enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC). También, repercuten en la salud cardiovascular y alteraciones a nivel reproductivo.



