Toda vez que de cada 10 divorcios, 7 padres no cumplen con la pensión alimenticia, el pleno del Senado aprobó por unanimidad crear el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, en el que se inscribirá a quienes adeuden pensiones para la manutención de sus hijos menores, a partir de retrasos de 90 días en adelante.
Esto con el objeto de “concentrar la información de las personas deudoras y de sus acreedores alimentarios, al fin de dotar de una efectiva protección y restitución de los derechos de las niñas, los niños y los adolescentes”, destacó la senadora Olga Sánchez Cordero.
Con esta reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en Materia de Pensiones Alimentarias y al Código Civil Federal, se deberá establecer como requisito la presentación del certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias para procedimientos y tramites como licencias, y permiso para conducir, pasaporte, participar como candidato a cargos de elección popular, a jueces y magistrados, trámites realizados relativos a la compra venta de inmuebles, solicitudes de matrimonio y medidas de restricción migratoria.
Asimismo, los patrones deberán notificar a dicho registro datos del sueldo de deudores de pensiones y compartirlo con los jueces que así lo soliciten.
Para salir de ese registro, los morosos deberán presentar ante un juez de lo familiar las constancias y el certificado de haber cubierto el total de las pensiones alimentarias adeudadas.








