Invalidó disposiciones sobre extorsión
La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó disposiciones de Tabasco y Baja California Sur relacionadas con el delito de extorsión, al determinar que corresponde exclusivamente al Congreso de la Unión establecer los tipos penales, sanciones y reglas del procedimiento en esta materia.
“Considerando que existe una invasión de competencia que corresponde al congreso federal para regular aspectos de tipos penales y sanciones que corresponden al delito de extorsión, así como reglas del proceso penal. En el propio desarrollo y en el estudio que se está realizando en el proyecto de sentencia se determina que el congreso de Tabasco carece de facultades para legislar en torno al delito de extorsión y el procedimiento penal, porque tales materias son de competencia exclusiva de la Federación”.
El ministro Arístides Rodrigo Guerrero García elaboró el proyecto de sentencia que fue respaldado por el Pleno de la Corte. El fallo establece que los congresos locales no pueden crear o modificar disposiciones que regulen nuevamente el delito de extorsión ni las reglas nacionales del procedimiento penal.
La Suprema Corte precisó que las entidades federativas mantienen facultades para investigar y perseguir estos delitos, pero deben hacerlo conforme a la legislación nacional y pueden desarrollar sus estructuras institucionales para cumplir con esas funciones.
En el caso de Tabasco, la invalidez tendrá efectos retroactivos al 26 de febrero de 2026, mientras que para Baja California Sur será a partir del primero de febrero del mismo año, fechas en que entraron en vigor las disposiciones impugnadas.








