18.9 C
Mexico City
domingo, junio 21, 2026
InicioNoticiasActualidadConsulta aquí las actividades esenciales que no pararán durante Semáforo Rojo en...

Consulta aquí las actividades esenciales que no pararán durante Semáforo Rojo en CDMX

Estas son las actividades esenciales para la Ciudad de México, que permanecerán abiertas del 19 de diciembre al 10 de enero de 2021, a pesar del Semáforo Epidemiológico Rojo.

  1. Actividades laborales de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en todo el Sistema  de  Salud  de  la  Ciudad  de  México
  2. Sector farmacéutico
  3. Limpieza y sanitización de las unidades médicas en los diferentes niveles de atención
  4. Abasto, servicios y cadenas de proveeduría de todas las actividades esenciales
  5. Elaboración y venta de pan
  6. Tortillerías
  7. Abarrotes, misceláneas y recauderías
  8. Pequeños negocios de barrio de máximo 3 trabajadores; con excepción de los que se encuentran ubicados en los perímetros A y B del Centro Histórico de la Ciudad de México
  9. Veterinarias y venta de alimento para animales
  10. Lavanderías
  11. Tintorerías
  12. Jarcierías
  13. Servicios de mudanza
  14. Servicios de mantenimiento
  15. Manufactura de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud
  16. Disposición de residuos peligrosos biológicos-infecciosos (RPBI)
  17. Servicios financieros (bancos, debiendo garantizar un flujo continuo de clientes y sana distancia entre ellos)
  18. Servicios notariales
  19. Sector energético
  20. Generación y distribución de agua potable;
  21. Industria de  alimentos  y  bebidas
  22. Mercados
  23. Supermercados
  24. Tiendas de  autoservicio
  25. Servicios de  transporte  de pasajeros  y  de  carga sus servicios y cadenas de proveeduría
  26. Producción agrícola, pesquera  y  pecuaria
  27. Agroindustria
  28. Industria química
  29. Servicios de mensajería y comercio electrónico
  30. Servicio postal
  31. Seguridad privada
  32. Asilos y  estancias  para  personas mayores;
  33. Refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos
  34. Telecomunicaciones y medios de información
  35. Servicios de emergencia
  36. Verificentros
  37. Servicios funerarios y de inhumación
  38. Servicios de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales
  39. Talleres mecánicos
  40. Refaccionarias
  41. Manejo de  residuos sólidos
  42. Industria de la construcción
  43. Minería
  44. Industria manufacturera
  45. Venta de alimentos preparados únicamente en la modalidad de servicio para llevar o entrega a domicilio
  46. Hoteles con un aforo máximo de 30% y únicamente con servicio de hospedaje. Dicho porcentaje de aforo no aplica para hospedaje de personal de salud, refugiados o migrantes que estén por convenio con organismos internacionales

Todo el personal de estos giros deberá cumplir de manera estricta las siguientes medidas:

1.-Uso obligatorio de cubrebocas para el personal y asistentes

2.- Filtros sanitarios para la detección de síntomas y toma de temperatura para el ingreso del personal, proveedores y clientes. No se permitirá la entrada a quienes presenten temperatura mayor a 37.5 grados. Quienes presenten esa temperatura deben ser enviados a cuarentena y dar aviso a Locatel.

3.- Mantener la sana distancia de 1.5 metros entre personas

4.- Desinfectar constantemente las superficies y objetos con las que las personas tengan contacto, así como las demás áreas de uso común

5.- Habilitar y definir sentidos de circulación para la entrada y salida

6.- Colocar en la entrada y espacios de uso común, dispensadores de gel antibacterial con 70% de alcohol;

7.- Privilegiar la ventilación natural. De no ser posible, el sistema de ventilación sólo podrá operar con inyección de un mínimo de 40% del exterior. La recirculación del aire al interior está prohibida. Se deberá realizar frecuentemente la desinfección y limpieza de filtros

8.- Los establecimientos mercantiles cuya actividad se encuentre considerada como esencial y cuenten con una plantilla presencial de 100 o más personas por cada centro de trabajo, deberán realizar a su costa y de manera quincenal, pruebas rápidas de antígeno, o bien, en RT-PCR de reacción en cadena de la polimerasa, para la detección del virus SARS-CoV-2, mismas que deberán ser aplicadas en los laboratorios clínicos o lugares autorizados para realizar pruebas COVID-19 en la Ciudad de México, a por lo menos el 10% de la totalidad de dicha plantilla, ya sea de forma individual o grupal.

9.- Implementar el “Sistema para la identificación de Espacios Cerrados QR”

Las medidas por sector se pueden consultar en https://medidassanitarias.covid19.cdmx.gob.mx/

Todos los locales, negocios y comercios que no pertenezcan a los giros antes mencionados, así como las tiendas departamentales, plazas y centros comerciales, entre otros, deberán permanecer cerrados en el periodo establecido, pero en caso de que en su interior cuenten con farmacias, bancos o venta de alimentos preparados para llevar, éstos pueden abrir pero el resto de los locales deben permanecer sin operación.

Se mantienen prohibidas las verbenas, romerías, fiestas patronales, posadas o cualquier otro festejo similar en los pueblos, barrios y colonias de la Ciudad de México, que implique la concentración de personas.

Queda prohibida la venta de alimentos preparados en vía pública. En los tianguis y mercados sobre ruedas, solo podrán comercializarse productos de canasta básica y alimentos para llevar.

Todas estas restricciones las supervisará el Instituto de Verificación Administrativa, en coordinación con otras autoridades competentes de la Ciudad de México.

Quien viole las disposiciones será acreedor de una suspensión temporal total o parcial de la actividad hasta por 15 días naturales.

Por otra parte, la Comisión Ambiental de la Megalopolis, informó que hasta el momento el programa Hoy no Circula en la Zona Metropolitana del Valle de México, opera de manera normal.

Must Read