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jueves, octubre 29, 2026
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Algunas bicicletas eléctricas sí deben emplacar

En la Ciudad de México, las bicicletas eléctricas que superen los 25 kilómetros por hora, serán consideradas vehículos motorizados y por lo tanto serán considerados motocicletas y deberán cumplir las normas establecidas para estas unidades.

“Aquellos donde la velocidad puede ser mayor a 25 kilómetros por hora, básicamente son motocicletas, aunque el motor sea eléctrico, por lo tanto, necesitan estar emplacados y también necesitan traer un casco acorde con las características del vehículo”.

Andrés Lajous, Secretario de Movilidad, explicó que esto ya está contemplado en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México.

“El Reglamento de Tránsito establece que la velocidad máxima para que un vehículo sea considerado un vehículo no motorizado, aunque tenga apoyo de un motor eléctrico, es de 25 kilómetros por hora, así está en el Reglamento de Tránsito”.

El funcionario dijo que ante la aparición de estas bicicletas se han reunido con fabricantes para que conozcan la regulación en la capital y cumplan con las características que requieren estos vehículos.

“Como estos vehículos son nuevos, se empezaron a vender un poco sin información o por falta de claridad con esta información, entonces también, digamos, el Jefe de Gobierno nos pidió atender el tema, reunimos a las empresas fabricantes, se les explicó cuál es la condición dentro de la regulación que existe en la Ciudad de México que deben de cumplir”.

En ese sentido, Lajous Loaeza dijo que tuvieron “una respuesta favorable de la mayoría de las empresas, en términos de informar a los usuarios o a sus clientes y entender cuáles son las características del vehículo”.

Finalmente aclaró que en el caso del Zócalo, las bicicletas eléctricas que superen los 25 kilómetros por hora, no pueden ingresar a la plancha, así como tampoco pueden circular en ciclovías.

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