Acceso del SAT a plataformas digitales de streaming, compras, citas y alojamiento amenaza la privacidad y libertades

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La aprobación de la reforma al Código Fiscal de la Federación en la Cámara de Diputados, como parte de la Miscelánea Fiscal 2026, contempla que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Agencia de Transformación Digital tengan acceso en tiempo real y permanente a los registros y sistemas de las plataformas digitales de streaming, compras, citas, alojamiento, para revisar sus operaciones, lo que atenta contra la privacidad de los usuarios y su libertad de expresión.

Así lo afirmó en entrevista con 88.9 noticias, Vladimir Chorny, abogado e investigador asociado de la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), quien apuntó que esta medida, establecida en el artículo 30-B, va más allá de fiscalizar.

Lo que nosotros advertimos con esta reforma es que hay tanto riesgos para el derecho a la privacidad como riesgos al derecho a la libertad de expresión, ¿no? Porque, bueno, lo primero que hace esta propuesta de reforma es dar una facultad muy amplia de acceso a la información que es prácticamente irrestricta, no dice de manera clara si se referiría sólo a información de carácter fiscal”.

Agregó que las autoridades podrían cruzar información obtenida con otras leyes aprobadas recientemente, como la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia, y tener en su poder datos sensibles de la población.

“Las autoridades podrían preguntar a ver, quiero saber este cliente a dónde se movió, cuántos viajes de Uber tuvo en la semana, de dónde a dónde lo llevaron y después cruzar esa información y esa información puede revelar datos muy sensibles y datos relacionados con la orientación sexual, con la ideología política, con la religión, etcétera”.

Los proveedores de dichos servicios digitales estarán obligados a permitir a las autoridades fiscales acceder a las operaciones de sus registros, bajo el argumento de verificar que cumplan con sus obligaciones en la economía nacional.

De negarse, las plataformas que ofrecen servicios digitales sufrirán un bloqueo temporal de la Agencia de Transformación Digital, se detalla en la modificación del artículo 30-B, algo que podría significar una medida de censura, contó a 88.9 el especialista de R3D, Vladimir Chorny.

“Las autoridades podrán bloquear estas plataformas por un tiempo determinado y este tipo de restricciones es un tipo de restricción que está prohibida por el artículo séptimo Constitucional. Esta es una medida de censura previa que además en el derecho internacional de los derechos humanos se considera como una de las restricciones más graves”.

El abogado especializado en Derechos Humanos expresó que, aunque esta medida tenga un fin legítimo para evitar la evasión fiscal y el cumplimiento de obligaciones de las plataformas, constituye una violación a derechos humanos como la protección de datos personales y la privacidad por sus alcances.