El Congreso de la Ciudad de México en sesión extraordinaria aprobó la llamada Ley Crucito, que busca reformar el artículo 125 del Código Penal que reconoce el homicidio cometido en la relación entre padrastros y sus hijastros, y que será castigado de 10 a 30 años de prisión, además de la pérdida de los derechos que el agresor tenga con respecto a la víctima.
“Y que me escuchen bien esos violentadores, esos maltratadores, esos desalmados, desgraciados que se atreven a lastimar a un menor porque no hay otra forma de llamarlos, el que lo haga enfrentará el peso completo de la ley hasta 30 años de cárcel”, destacó la diputada promovente Elizabeth Mateos Hernández de MORENA.
Destacar que oOriginalmente se podía sancionar este delito hasta por 8 años de prisión y se consideraba un homicidio simple, al no encontrarse en el Código Penal el parentesco de hermanastros o de hijastros.
Con la inclusión de esta agravante se puede sancionar hasta con 30 años y la pérdida de derechos sobre la víctima, pero también si se implementara violencia, se puede castigar hasta con 50 años de cárcel.

