Violencia económica también es causal de divorcio

Suprema Corte
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Foto: José Antonio Morales. Grupo ACIR

La violencia económica del hombre contra la mujer, también es causal de divorcio.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinó que la violencia económica, en este caso ejercida por el marido varón, en contra de la esposa, mujer, es también una causal de divorcio, aunque no lo considere así el Código Civil de la Ciudad de México en su artículo 196.

Y es que el máximo tribunal del país considera que hay escenarios familiares donde se desarrolla particularmente la violencia económica, en los que el agresor afecta la capacidad financiera de la víctima y le arrebata el derecho a tomar decisiones en cuanto a su economía y el destino de los recursos que obtiene en lo particular.

Esta situación se presenta por ejemplo cuando aún cohabitan el mismo domicilio pero el hombre, injustificadamente, se desentiende de hacer aportación alguna, económica o de tareas domésticas o el cuidado de los hijos, para preservar o incluso incrementar el patrimonio, su patrimonio.

Se consideró que el artículo 196 del Código Civil para la Ciudad de México, se quedó corto en cuanto a las causales de divorcio.