Tráfico de armas ameritaría prisión preventiva oficiosa

Cartuchos y armas

Diputados federales aprobaron modificaciones al artículo 19 de la Constitución para ampliar el catálogo de delitos en materia de prisión preventiva oficiosa e incluir el tráfico ilegal de armas de fuego. 

Se establece que el Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso.

Además, se precisa que un juez ordenará la prisión preventiva oficiosa en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, tráfico ilegal de armas de fuego, entre otros ya previstos en la Carta Magna.