Al no haberse alcanzado el número de votos el decreto se queda como está
La Ley antifentanilo que se aprobó en abril de 2023 en la Cámara de Senadores se queda tal y como se aprobó porque la impugnación que interpuso la minoría (Partidos políticos minoritarios) no fue aprobada por la mayoría de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por tanto lo aprobado que en esencia es endurecer las sanciones en contra de quien trafique con fentanilo, se quedarán cómo están.
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, se encargó de elaborar el proyecto en el que proponía con base en las irregularidades en el proceso legislativo, declarar la invalidez del decreto… “Se advierte que 3 de ellas tienen potencial invalidante: Uno, que la sesión del 28 de abril se reanudó en un lugar diverso al citado por la Mesa Directiva, dos que la aprobación del decreto impugnado no se realizó mediante votación nominal y tres, que no se publicó el dictamen en la Gaceta del Senado con la antelación requerida y tampoco se dieron la lectura exigida lo que impidió que los integrantes del Senado conocieran y estudiaran el contenido del dictamen previo a su votación. Considerando el impacto de estas violaciones en el proceso legislativo y en su conjunto, se concluye que éstas son de carácter invalidante por lo que los conceptos de invalidez se consideran esencialmente fundados y se propone declarar la invalidez del decreto impugnado”.
Sin embrago su propuesta no alcanzó la mayoría calificada que se requería, es decir, el voto de al menos 8 ministros, así, la llamada Ley Antifentanilo, se mantendrá.
Cabe recordar que con base en lo que se aprobó ese 28 de abril del año 2023, la industria farmacéutica está obligada a vigilar de manera estricta cómo se utilizan los precursores y debe haber notificaciones a la Comisión Federal para la Protección contra riesgos sanitarios, también se contempla que las personas que mal utilicen los componentes que están pensados para el sector médico, reciban penas de hasta 15 años de prisión y los responsables de las empresas que colaboren con su comercialización podría ser sancionados con penas de hasta 10 años de cárcel.
Por otra parte quienes sean detenidos en posesión de precursores químicos o productos químicos esenciales o máquinas para la elaboración de cápsulas, tabletas o comprimidos y no cuenten con las autorizaciones correspondientes, podrían ser sancionados con 10 años de cárcel.