Las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos, Segunda, del Senado avalaron un dictamen para establecer penas de tres a 15 años de prisión y multa de 50 mil a 100 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quien adultere, falsifique, contamine, altere dispositivos médicos y sus envases finales para uso, o los fabrique sin las autorizaciones sanitarias.
También plantea que a quien venda, comercie, distribuya, interne al país o transporte con fines de comercialización, dispositivos médicos adulterados, falsificados o contaminados, en cualquier lugar o por cualquier medio, se le impondrá una sanción de uno a nueve años de prisión y multa de 20 mil a 50 mil veces la UMA, vigente al momento de la comisión del delito.
La misma pena, indicaron, se impondrá a quien adultere, falsifique o permita la adulteración o falsificación de material para envase o empaque de dispositivos médicos, etiquetado, sus leyendas o la información que contenga sus números o claves de identificación.



