Nuevo cobro migratorio: Padres o madres tendrán que pagar casi 300 pesos por salir del país con sus hijos

Cobrarán 294 por salir del país con menores bajo tutela jurídica. (Foto: X/@AICM_mx)

La Ley Federal de Derechos que se aprobó en la Cámara de Diputados y fue turnada al Senado, como parte de la Miscelánea Fiscal 2026, contempla que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cobre por permitir que los menores de edad salgan del país.

En medio de una desbandada de medidas recaudatorias, ahora el gobierno mexicano cobrará una cuota de 294 pesos para la obtención del “Formato de autorización de salida del país de niñas, niños, adolescentes y personas bajo tutela jurídica” a través del Instituto Nacional de Migración (INM), detalla la modificación del artículo 13 de la Ley Federal de Derechos.

Desde 2014 es necesario realizar este trámite, pero no tenía ningún costo; a partir de 2026, el pago será obligatorio cuando un menor de edad busque salir del territorio nacional con solo uno de sus padres o tutores, o un tercero mayor de edad distinto.

Pese a que la administración federal argumenta que el objetivo es garantizar la protección frente al tráfico de menores, es una medida recaudatoria y una restricción a la libertad de tránsito de las personas, afirmó el analista financiero y ex diputado federal, Mario Di Costanzo, en entrevista con 88.9 Noticias.

“Siento que es coartar la libertad de tránsito, no es una medida, digamos de seguridad o en favor de protección de menores, sino una medida recaudatoria, que, desde mi punto de vista, atenta contra el libre tránsito”.

Adicionalmente, impacta en el bolsillo de las familias, debido a que se necesitará pagar por la autorización de salida, además del pasaporte mexicano, explicó.

“Es un impuesto que le están poniendo a los niños cuando salen del país, esa es la verdad, ya pagaron su pasaporte, ya pagaron un derecho de pasaporte y estos 200 o 300 pesos adicionales francamente no tienen sentido.

Di Costanzo agregó que persiste ahora la preocupación de que este cobro se pueda hacer extensivo, es decir, no solo se aplique a los menores, sino también a los adultos que salen del país.

“Se observa un afán recaudatorio, este derecho no tiene ningún sentido, no tiene ningún fundamento, y qué nos debe de preocupar, que esto no sea la antesala de dos cosas: de ir incrementando a través del tiempo el derecho y esto se vaya haciendo extensivo”.

En la Ley Federal de Derechos se especifica que el “Formato de autorización de salida del país de niñas, niños y personas bajo tutela jurídica” está regulado en el Reglamento de la Ley de Migración y contiene elementos de seguridad como un sello de validación, datos del medio de transporte de salida, identificación de quienes salen del país y datos de la persona con quién viajan.