Invalida la SCJN reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión

Pleno de la SCJN
Suprema Corte de Justicia de la Nación. Foto: SCJN.

El decreto fue invalidado por “Violaciones Graves al procedimiento legislativo”

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, invalidó el decreto con el que se había reformado la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y eso se debió a lo que denominaron violaciones graves al procedimiento legislativo, lo cual significa que no se siguieron los protocolos necesarios en la Cámara de Senadores para que todo el proyecto fuera discutido por todos los involucrados e interesados, por ejemplo, los integrantes de las comisiones a las cuales les correspondía debatir el tema.

El ministro ponente del proyecto por el que votaron a favor los integrantes de la Corte, fue Alberto Pérez Dayán que al respecto señalo:

“Durante la etapa previa a la discusión ante el pleno del Senado, respecto de la iniciativa que buscaba reformar distintas posiciones de la ley cuestionada, particularmente las que se refieren a violaciones al debido proceso legislativo y al derecho de las minorías a no ser excluidas  del proceso deliberativo democrático, debo destacar que en la parte de comisiones unidas, tanto la convocatoria como la sesión extraordinaria del 26 de octubre de 2017, presentan irregularidades tales como, que a pesar de estar convocadas 3 distintas comisiones para elaborar el dictamen, y con el mismo, llevarlo precisamente a la sesión plenaria, éste no se generó de manera conjunta”.

De tal manera que al analizar las impugnaciones formuladas por una minoría parlamentaria de la Cámara de Senadores en contra del Decreto, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinó la existencia de violaciones graves al procedimiento legislativo.

Por su parte el ministro presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, coincidió en que había violaciones graves…

“En éste caso concreto, advierto que hay violaciones graves que afectan,  trastocan estos atributos democráticos, dado que no se respetó el derecho de participación de todas las fuerzas políticas con representación democrática en condiciones de libertad e igualdad al haberse violado los causes tanto en las comisiones como en el pleno, que permitan a las mayorías y minorías parlamentarias a expresar y defender su opinión, en e contexto de la liberación pública”.

De tal suerte, el Pleno declaró la invalidez del decreto, con efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de la sentencia al Congreso de la Unión, cuyos integrantes deberán volver a legislar, analizar, debatir el tema para emitir un nuevo documento, aunque no se puso plazo para esa labor parlamentaria.