Aguascalientes despenaliza el aborto

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) despenalizó el aborto en Aguascalientes.  

Este fallo modifica los párrafos primero, segundo y cuarto del artículo 101, todo el 102 y porciones del 103 del Código Penal, que castigan con seis meses a tres años de prisión a la mujer que aborta intencionalmente en cualquier etapa del embarazo, sanciona al personal médico u otras personas que lo practiquen, y prevén reglas rigurosas para abortos en casos de violación o peligro de muerte para la madre. 

Asimismo, prohíbe a todas las autoridades estatales seguir aplicando estos artículos, y deja sin efectos las 73 carpetas de investigación y procesos penales abiertos desde 2015 a junio de 2023.