La Comisión de Puntos Constitucionales aprobó un dictamen para reformar el artículo 123 de la Constitución Política, con 38 votos a favor, para que el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores establezca un sistema de vivienda con orientación social que permita obtener crédito barato y suficiente para su adquisición o mejora, y también podrá construir vivienda para que las personas trabajadoras cotizantes puedan adquirirla o arrendarla, en los términos que fije la ley.
El dictamen señala que después de un año de cotización ante el Fondo, se podrá acceder a las viviendas en arrendamiento social; la mensualidad no podrá exceder del 30 por ciento del salario de las personas trabajadoras. Después de diez años de arrendamiento de una misma vivienda, se tendrá derecho a adquirirla en propiedad en los términos que establezca la ley.
En cualquier caso, se dará preferencia de acceso a la vivienda en arrendamiento social a las personas trabajadoras que hayan aportado continuamente al Fondo y no cuenten con vivienda propia. La ley preverá mecanismos para evitar discrecionalidad o injerencias arbitrarias que limiten el acceso a este derecho.
Se remitió a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para los efectos legales.








