Corte permite trabajar y conservar pensión
Determina la Suprema Corte de Justicia de la Nación que las personas ya no tendrán que elegir entre trabajar o conservar su pensión por viudez o concubinato, al eliminar una disposición del Reglamento de Pensiones del ISSSTE.
“El derecho a la pensión por viudez o concubinato y los trabajos remunerados no son antagónicos, ni excluyentes entre sí. Tales derechos tienen orígenes diferentes, pues la pensión por viudez o concubinato surge por la muerte por causas ajenas al servicio de la persona trabajadora en activo o bien de la persona pensionada, mientras que el trabajo remunerado deviene de una relación laboral entre la persona trabajadora y el Estado-patrón”.
El proyecto fue elaborado por el ministro Irving Espinosa Betanzo, quien sostuvo que ambos derechos tienen naturalezas distintas y pueden coexistir sin restricción.
Con esta resolución, la Corte ordenó eliminar el artículo 12, fracción II, inciso c), del Reglamento de Pensiones del ISSSTE, que obligaba a las personas a optar entre recibir la pensión o desempeñar un trabajo remunerado.
La decisión se da luego de que el Ejecutivo federal no cumpliera con el plazo de 90 días para modificar o derogar esta disposición, que había sido declarada inconstitucional desde julio de 2023.
La resolución no tendrá efectos retroactivos y entrará en vigor a partir de su notificación al Poder Ejecutivo Federal.



