La CEAV seguirá recibiendo recursos de bienes decomisados
La Suprema Corte de Justicia de la Nación no alcanzó la mayoría calificada para invalidar la fracción primera del artículo 132 de la Ley General de Víctimas, por lo que se mantiene vigente la disposición que faculta a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) a recibir el producto de la enajenación de bienes decomisados en procedimientos penales.
Durante la discusión, la ministra María Estela Ríos González señaló: “Con qué procedimiento decidieron que el tema de que los recursos del INDEP no fueran suficientes para garantizar la reparación del daño a víctimas. No encuentro algún razonamiento que me haga concluir que el 0.014 es mejor que el de los fondos que devienen del INDEP”.
El proyecto, elaborado por el ministro Giovanni Figueroa Mejía, proponía emitir la declaratoria de inconstitucionalidad al considerar que la desaparición del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral representaba una regresión en materia de derechos de las víctimas.
Por otra parte, la ministra Loretta Ortiz Ahlf defendió que la Primera Sala actuó de forma correcta al aplicar el principio pro-persona. “La Primera Sala actuó correctamente y debido a una norma constitucional y una norma convencional. Pro persona se resolvió y lo razonamos, en razón del principio pro-persona, aplicamos la norma más benéfica y la argumentación jurídica más benéfica para las personas”.
Con la decisión del pleno, la CEAV continuará recibiendo recursos provenientes de la enajenación de bienes decomisados.



