El Congreso de Yucatán despenalizó el aborto hasta las 12 semanas en el Código Penal.
Se mantendrá como delito sancionable con cárcel después de ese plazo en su Constitución local.
Este miércoles pasó a votación en el Pleno la reforma referente a la modificación al Código Penal, donde se establece que las personas gestantes podrán acceder legalmente a la interrupción del embarazo dentro de las primeras 12 semanas.
Esta aprobación implica la derogación del artículo 382 del Código Penal, que criminalizaba el aborto.
Sin embargo, los legisladores rechazaron la reforma constitucional que buscaba eliminar el candado de la protección a la vida o el reconocimiento de la vida “desde la concepción” en la Carta Magna local.
Por ello, después del período mencionado, la práctica será criminalizada con sanciones que oscilan entre tres meses y un año de prisión o de 50 a 200 días de trabajo comunitario.
La aprobación parcial de la despenalización fue calificada como un avance insuficiente por colectivos feministas y organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres.



