En Nuevo León, será considerado como delito de abandono de personas, el hecho de dejar a un menor de siete años, dentro de un automóvil y sin supervisión adulta.
Este martes, el Congreso del Estado, aprobó una reforma al Código Penal. Modificación, que impulsada por la diputada de Movimiento Ciudadano, Melisa Peña, y donde se establece que esta conducta será sancionada cuando existan condiciones de temperatura, ventilación, hacinamiento o aislamiento, que representen un riesgo real e inminente para la vida, salud o integridad física del menor.
La disposición también protege a personas que no tengan capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo, quienes tampoco podrán permanecer sin supervisión adulta dentro de un vehículo bajo las condiciones de riesgo previstas en la reforma.
Las sanciones dependerán de las consecuencias para el afectado. Cuando no existan lesiones, se impondrán de un mes a tres años de prisión y una multa de 20 a 100 cuotas.
Si se ocasionan lesiones que no pongan en peligro la vida, la pena será de tres meses a cuatro años de cárcel y multas de 40 a 200 cuotas.
En caso de que las lesiones pongan en peligro la vida, la sanción aumentará de cinco meses a cinco años de prisión, además de multas de 80 a 400 cuotas.



