Senado avanza en la legislación en materia de legítima defensa con perspectiva de género

Foto: Ivonne Menchaca/Grupo Acir Radio

La Comisión de Justicia del Senado aprobó un dictamen que reforma el Código Penal Federal y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de legítima defensa.

Este proyecto establece que “el órgano jurisdiccional, según corresponda, deberá actuar con perspectiva de género para determinar la procedencia de la legítima defensa, cuando la agresión tuviera lugar en un contexto de violencia de género, que abarca la violencia física, psicológica, sexual o feminicida”.

Asimismo, establece que “no se considerará exceso en la legítima defensa, cuando al momento en que ésta se concretiza concurran circunstancias en las que la persona agredida sufra miedo o terror que afecte su capacidad para determinar el límite adecuado de su respuesta o la racionalidad de los medios empleados”. Además, estipula que las órdenes de protección serán actos de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima.

Éstas serán precautorias y cautelares y deberán otorgarse de oficio o a petición de parte por las autoridades administrativas, el Ministerio público o por los órganos jurisdiccionales en el momento en que tengan conocimiento del hecho de violencia presuntamente constitutivo de una infracción o delito, o bien derivado de la investigación y resolución de una causa que excluye un delito que ponga en riesgo la integridad, la libertad o la vida de las mujeres o niñas, evitando en todo momento que la persona agresora directamente o a través de algún tercero tenga contacto con la víctima.