Aprueba la Cámara de Diputados dictamen para prohibir las terapias de conversión

Foto: belchonock / Depositphotos.com

La Cámara de Diputados informó que con 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones, se aprobó en lo general; y con 275 a favor, 102 en contra y 30 abstenciones en lo particular, reformas al Código Penal Federal y a la Ley General de Salud.

Esto con el fin de tipificar y sancionar penalmente los delitos contra la orientación sexual o la identidad de género de las personas.

Con esta aprobación el dictamen fue devuelto al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

En él se establece que se condenará con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a toda persona que se dedique a realizar, impartir, aplicar algún tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

Así como a todo aquel que obligue a alguien más a someterse a estos tratamientos.

En tanto, la sanción aumentará el doble cuando la persona autora tuviera alguna relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquiera otra que implique una subordinación de la víctima, y que cometa violencia física, psicológica o moral contra la víctima.