En el Estado de México invalidan ley que impedía compartir imágenes de cadáveres

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Foto: SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 227 Bis del Código Penal del Estado de México, que sancionaba a quienes compartieran por diversos medios imágenes de cadáveres o víctimas de delitos.

Ministros argumentaron que, aunque la norma fue diseñada para evitar que funcionarios públicos, como policías, peritos o agentes del ministerio público, traficaran con este material, la redacción de la ley era tan ambigua que podría aplicarse también para limitar la libre expresión.

En este sentido, la corte señaló que con esto, no pretende prohibir que se castigue la difusión de estas imágenes, que revictimiza no solo a las personas contra las que se cometió el delito, sino también a sus familias, pero consideraron necesario que las legislaturas se ajusten a la Constitución con la libertad de expresión.

La Ciudad de México y otras entidades han aprobado reformas similares, conocidas como Ley Ingrid, pues derivan de la indignación que provoco la filtración de fotografías del cadáver de Ingrid Escamilla, asesinada por su pareja en febrero de 2020.

En el Estado de México, desde agosto de 2021 se sancionaba con uno a seis años de cárcel el uso indebido de este tipo de imágenes.