CIDH avala eliminar la prisión preventiva oficiosa en México

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se pronunció por eliminar la prisión preventiva de oficio y el arraigo en México.

Esmeralda Arosemena, representante de la CIDH, consideró que una figura de este tipo faculta la detención por la gravedad del delito y presunta responsabilidad de una persona, lo que implica una captura arbitraria, contraria a la presunción de inocencia.

La discusión se derivó del análisis del caso de Daniel García y Reyes Alpízar, quienes permanecieron 17 años en prisión preventiva oficiosa, acusados del asesinato en 2001 de María de los Ángeles Tamés, regidora de Atizapán, Estado de México.

LA CIDH concluyó que fueron incriminados mediante detenciones arbitrarias y tortura, sin que les ofrecieran una medida cautelar menos restrictiva, lo que derivó en su encarcelamiento durante casi 20 años sin juicio, ni sentencia, a pesar de ser legalmente inocentes.

En consecuencia, pidió al Estado mexicano una reparación del daño y garantías de no repetición, a lo que representantes del Gobierno de México respondieron que el país se encuentra en revisión de esta medida cautelar, lo que es “reflejo de una democracia sólida”.

En unas semanas, la Corte emitirá una sentencia para definir si los derechos de Daniel García y Reyes Alpízar fueron violados, además de que se pronunciará sobre la utilización de la prisión preventiva oficiosa y el arraigo, por lo que informó a las partes involucradas que aun pueden presentar por escrito sus alegatos finales hasta el próximo 29 de septiembre.