Reporte 20:00 hrs | Se mantiene la Fase I de Contingencia Ambiental en la ZMVM 

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La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó en su reporte de las 20:00 horas, que se mantiene activa la Fase I de Contingencia Ambiental Atmosférica en la Zona Metropolitana del Valle de México. 

Esto al señalar que se registró una concentración máxima de ozono que alcanzó los 163 partes por billón en la estación Tultitlán, ya que las condiciones climatológicas no permitieron la dispersión de contaminantes. 

Además el organismo precisa que de acuerdo con los modelos meteorológicos, se estima que durante el martes las condiciones sean adversas ya que persistirá el sistema de alta presión en el centro del país, generando cielo despejado, alta radiación solar estabilidad atmosférica y viento débil que favorecerán la formación de ozono. 

Por lo anterior, el miércoles 01 de mayo el programa Hoy No Circula operará de las 5:00 a las 22:00 horas y aplicará para las siguientes unidades: 

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2. 
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación  1, cuyo último  dígito numérico sea  1, 3, 4, 5, 7 y 9. 
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado rojo, terminación de placa  3 y 4. 
  • Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos,   de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o     con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2. 
  • Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de      matrícula sea NON 
  • Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del  EDOMEX. 
  • Los taxis con holograma de verificación  “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.