El Congreso de Quintana Roo, aprobó reformas con las cuales los delitos de daños y lesiones cometidos en el servicio de transporte, tanto público como privado, incluyendo a taxistas y unidades de plataformas, serán investigados de oficio.
Los legisladores aprobaron reformas al Código Penal y a la Ley de Movilidad del Estado, con ello, las autoridades podrán actuar sin necesidad de una denuncia previa, reforzando la seguridad de usuarios, ciudadanos y turistas.
Entre los cambios se encuentran la creación de los artículos 107 Bis, 162 Bis y 185 Bis, además de ajustes al artículo 182 del Código Penal.
El nuevo artículo 107 Bis establece que las penas por homicidio o lesiones relacionadas con el transporte aumentarán hasta un 50 por ciento si los delitos ocurren durante la prestación del servicio.
En casos donde las víctimas sean menores de 18 años o turistas, las sanciones podrían incrementarse hasta en dos terceras partes.
Por su parte, el artículo 162 Bis prevé castigos de dos a seis años de prisión para quienes cometan daños en servicios de transporte público o privado.
Las modificaciones al artículo 182 buscan penalizar con mayor severidad los ataques contra vías de comunicación y medios de transporte, con sanciones que van de seis meses a cuatro años de prisión.
En tanto el artículo 185 Bis refuerza estas medidas, aumentando hasta un 50 por ciento las penas en casos donde los ataques a las vías de comunicación se realicen durante la prestación del servicio de transporte.