Senado avala la generación de espacios libres de humo y prohíbe la publicidad de tabaco

Foto: Manuel Hernández-Grupo Acir

La Comisión de Salud del Senado aprobó una modificación a la Ley General para el Control del Tabaco en materia de espacios libres de humo y emisiones en áreas de trabajo, transporte público, y lugares de concurrencia así como la eliminación de publicidad, promoción y patrocinio de productos elaborados con tabaco.

En el dictamen se define estos espacios como aquellas áreas físicas con acceso público, a todo lugar de trabajo, transporte público o área de concurrencia colectiva, en los que por razones de orden público e interés social queda prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o de nicotina.

El espacio de concurrencia colectiva será todo aquel destinado al acceso público para el desarrollo de actividades deportivas, artísticas, culturales y de entretenimiento, tanto en el ámbito público como en el privado, independientemente de si está cubierto por un techo, confinada por paredes o que la estructura sea permanente o temporal.

Los lugares de trabajo serán los utilizados por las personas durante su jornada laboral; incluye no sólo en donde se realiza el trabajo sino todos los conexos y anexos que los empleados suelen utilizar, así como los vehículos que usan mientras se realiza el trabajo.

En tanto, el transporte público será aquel vehículo, individual o colectivo, que circule por tierra, aire o agua utilizado para transportar personas generalmente con fines comerciales, laborales, escolares u otros; incluye terminales, estaciones, paradas y otras instalaciones de mobiliario urbano conexo.

Prohíbe cualquier tipo de publicidad y promoción de productos elaborados con tabaco, a través de cualquier medio de comunicación y difusión que pretenda posicionar los elementos de la marca de estos que fomente alguna preferencia.

Asimismo, se avaló un acuerdo en materia de alertas sanitarias y falsificación de medicamentos.