Papa Francisco incluye el delito de pederastia en el Código de Derecho Canónico

Foto: palinchak/ Depositphotos.com

El Papa Francisco reformó el Libro VI del Código de Derecho Canónico sobre las sanciones penales en la Iglesia Católica e incluyó a la pederastia como delito contra la dignidad de las personas, el cual puede derivar en la expulsión del estado clerical.

Las modificaciones, que fueron encargadas en 2007 por el ahora Papa Emérito Benedicto XVI, entrarán en vigor el próximo 8 de diciembre, con lo que se pondrá fin a las “exhortaciones o sugerencias” que solo aplicaban en estos casos.

La nueva normativa incluye no sólo las acciones llevadas a cabo por clérigos, sino también los delitos de este tipo cometidos por religiosos no clericales y laicos. También serán sancionados los clérigos que induzcan a un menor a participar en exhibiciones pornográficas o que conserven imágenes de pornografía infantil.

Además, se amplían los periodos de prescripción y se incluye la indemnización a las víctimas.

En el documento, que modifica el Código de Derecho Canónico promulgado en 1983, el Papa Francisco reconoce los daños causados y espera que al tipificar el delito se logre “prevenir males mayores y sanar las heridas causadas por la debilidad humana”.

Al Código también fueron incorporados los delitos tipificados en los últimos años en leyes especiales, como el intento de ordenación de mujeres, el registro de confesiones, la consagración eucarística con finalidad sacrílega, la corrupción en actos oficiales y la administración de sacramentos a quienes no se les pueden administrar.