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jueves, marzo 27, 2025
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Hoy entran en vigor modificaciones al reglamento de tránsito de la CDMX

Este 4 de abril entran en vigor las modificaciones al reglamento de tránsito de la Ciudad de México, que fueron anunciadas el jueves 31 de marzo.

 

Las modificaciones al reglamento de tránsito tienen como principal objetivo abatir la corrupción y garantizar una movilidad segura para la población e incluye 10 modificaciones que establecen menores causales para remitir los vehículos al corralón, así como un aumento a las sanciones y multas.

 

¿Quién te puede infraccionar en la CDMX?

Te recordamos que a la secretaría de seguridad ciudadana capitalina le corresponde vigilar el cumplimiento de las reglas de tránsito y aplicar las sanciones establecidas, sin embargo, habrá un nuevo equipo de la policía de tránsito adscrito a la subsecretaría de control de tránsito.

Estos elementos contarán con una certificación y vehículos distintivos para su identificación, así como uniformes especiales, cuya característica será una banda amarilla en el brazo con la leyenda “autorizado para infraccionar”.

Ojo: los policías preventivos no podrán infraccionar a los ciudadanos, y para verificar que el oficial que está levantando la infracción es el autorizado, puedes verificar su número de placa en la aplicación móvil mi policía.

 

 

¿QUÉ CAMBIO EN EL REGLAMENTO DE TRÁNSITO?

Una buena noticia sobre el nuevo reglamento de tránsito es que disminuyeron de 77 a 36  las causales por las que un vehículo puede ser enviado al corralón.

Motivos por los que no aplica esta medida:

  • Realizar reparaciones de vehículos en la vía pública.
  • Tener placas foráneas que cometan alguna infracción.
  • Licencia de conducir o tarjeta de circulación vencidas.
  • Circular en sentido contrario.

 

Razones por las que sí pueden llevar tu auto al depósito destacan:

  • Estacionarse en establecimientos bancarios, hospitales o entradas y salidas de vehículos de emergencia.
  • Estacionarse sobre banquetas, ciclovías o cruces peatonales
  • Estacionarse en vías primarias o en doble fila.
  • Estacionarse en cajones exclusivos para personas con discapacidad o de la tercera edad.
  • Invadir carriles confinados para transporte público.
  • Sobrepasar los límites del alcoholímetro.
  • Circular con una sola placa.
  • Si los conductores de transporte escolar o de carga no cuenten con licencia vigente.

Para sacar el auto del corralón, los propietarios solo deben portar las llaves, pagar las sanciones correspondientes y presentar la póliza o algún documento oficial que compruebe que son los dueños.

Aumentan infracciones y multas

Respecto a las infracciones y multas, estas aumentan en el nuevo reglamento. Por ejemplo, si los autos circulan a exceso de velocidad, específicamente los de transporte público y de carga, la multa será de 20 a 30 unidades de medida y actualización (UMA), que con el valor actual equivalen a entre mil 924 y 2 mil 886 pesos.

Además de la sanción económica, los infractores tendrán 6 puntos menos en su licencia para conducir; si las infracciones son captadas a través de sistemas tecnológicos (como las fotomultas) se sancionará con uno a 5 puntos.

Recuerda que cada matrícula cuenta con 10 puntos iniciales, mismos que se ven reflejados en los sistemas de la secretaría de movilidad, secretaría de seguridad ciudadana y la secretaría del medio ambiente, por lo que las infracciones y sanciones son registradas directamente en la matrícula.

 

En tanto, para los autos que se estacionen en lugares prohibidos y sean inmovilizados con la llamada “araña” no solo implicará el arrastre al depósito, también habrá una sanción de 20, 25 o 30 UMAS y tendrán 1 punto menos en su licencia.

 

Aquellos vehículos que circulen sin luces traseras o delanteras encendidas, o que en su caso no usen aditamentos luminosos o bandas reflejantes en horario nocturno (por ejemplo tráileres y transporte de carga); y tampoco porten visores, chamarra o peto para protección, serán acreedores a una sanción económica de 5 a 10 UMAS, que va de 481 a 962 pesos y 1 punto menos en su licencia.

Otras sanciones son:

  • Para conductores de motos que no usen aditamentos luminosos en la noche, multa de 962 pesos y un punto menos en su licencia.
  • Para transportistas de sustancias peligrosas que no tengan su carga debidamente protegida, multa de hasta 962 pesos.
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