Fuerzas Armadas podrán ingresar a registro de detenciones

Foto: Guardia Nacional

El proceso sólo se llevará a cabo mientras coadyuven en seguridad pública

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, validó los artículos de la Ley del Registro Nacional de Detenciones que dan libre acceso a la Guardia Nacional para realizar la inscripción de las personas que resulten aseguradas en el ejercicio de sus funciones de apoyo a la seguridad pública y ordenó al Congreso de la Unión a legislar para prevenir y solucionar eventuales vulneraciones a la base de datos del registro.

El ministro ponente del proyecto que fue avalado por la mayoría de los integrantes de la Corte fue Javier Laynez Potisek… “Para efectos del registro, me parece que es totalmente lógico que se les diga, para estos efectos si estás llevando a cabo tareas de seguridad pública actúa, para efectos del registro, no hablo de otros temas, como una institución y tienes que llevar a cabo ese registro…”

Agregó que cuando las fuerzas armadas dejen de prestar servicios en materia de seguridad pública, se convertirán en autoridades de apoyo que eventualmente podrán realizar una detención.

Caber recordar que la Comisión Nacional de Derechos Humanos buscaba invalidar los artículos 19 y quinto transitorio de la normatividad, porque consideró que la Guardia Nacional, no estaba obligada a dar aviso de las detenciones que realice pero se determinó que la Guardia Nacional, sí debe llevar a cabo el registro.

Ocho ministros coincidieron en que las facultades temporales dadas a las fuerzas armadas en materia de seguridad pública, deben estar acompañadas por las herramientas necesarias para evitar abusos del pasado, por ejemplo la ministra Loretta Ortiz Ahlf, dijo: “Es decir, se detenía a una persona y no se sabía de su paradero, no se sabía a pesar de que había cuatro registros, y nadie era responsable, cuatro registros, entonces lo que se hizo ahora es hacer a alguien responsable nada más para precisamente coordinar todos los registros de las personas que fueran detenida”.

En contra de la resolución se pronunció el ministro Luis María Aguilar Morales: “Ocasiona un escenario de grave inseguridad jurídica, pues no elimina la posibilidad de que un elemento de las fuerzas armadas alegue bajo el amparo de dicha disposición transitoria, que la ley no lo obliga dar aviso de las detenciones que practique”.