Ampara la SCJN a un menor para el terapéutico de la cannabis

SCJN
Foto: SCJN
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación, ordena a la Secretaría de Salud armonizar las disposiciones legales en el uso terapéutico de la cannabis.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, concedió un amparo a un menor debido a que la Secretaría de Salud en éste caso a través de la COFEPRIS, vulneró sus derechos al incumplir su deber de emitir las disposiciones sobre el uso terapéutico de la cannabis, lo que le impidió acceder a un tratamiento con base en tetrahidrocannabinol. La Secretaria de Salud deberá armonizar las disposiciones en 180 días hábiles y garantizar al niño el tratamiento médico integral que requiere para su padecimiento.

La mamá Carlos, el niño que obtuvo el amparo, se llama Margarita Garfias y dijo lo siguiente:

“Estoy feliz, pero es un paso más porque todavía faltan 180 días para que, efectivamente, la COFEPRIS o la Secretaría publique el reglamento y que este reglamento considere a los pacientes. No queremos bebidas alcohólicas con cannabis, queremos remedios herbolarios, queremos medicamentos, queremos salud”.

La Sala determinó que con la ausencia de las normas que regulen el uso terapéutico de la cannabis, se imposibilita al quejoso, con diagnóstico de epilepsia fármaco resistente asociada al síndrome de West;a que acceda al tratamiento que requiere.

El amparo tiene entonces dos efectos:

1) Que la Secretaría de Salud cumpla con el deber legal de armonizar las disposiciones en el uso terapéutico de la cannabis y sus derivados en un plazo de 180 días hábiles.

2) Que garantice al quejoso el tratamiento médico integral que requiere para su padecimiento.