Amplían plazo para revisión documental y físico – mecánica de taxis Uber, Cabify y Didi

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Debido a que muchos trámites vehiculares no se han podido llevar a cabo por la suspensión de actividades derivado de la pandemia de Covid 19, la Secretaría de Movilidad amplió el plazo para llevar a cabo la “Validación Vehicular 2020”, de los automóviles particulares que prestan servicio de taxi a través de aplicación telefónica, como Uber, Cabify, y Didi, entre otras.

De esta forma, los titulares registrados ante la Semovi, tiene hasta el 30 de abril de 2021, para cumplir con los siguientes requisitos:

  • Constancia de Registro Vehicular
  • Resultados negativos para reporte de robo de la Consulta al Registro Público Vehicular (REPUVE) de la placa vehicular y serie del vehículo (Número de Identificación Vehicular)
  • Pago de mil 699.50 pesos por concepto de validación vehicular
  • Tarjeta de circulación vigente
  • Póliza de seguro vigente, que especifique el uso para prestar el Servicio de Transporte de Pasajeros Privado Especializado con Chofer, que indemnice los daños y perjuicios que pudiese ocasionar a los usuarios, peatones, conductores o terceros en su persona o patrimonio, con una cobertura mínima de 2 mil 500 veces la Unidad de Cuenta Vigente.

Como parte de la Validación Vehicular anual, las unidades deben someterse una Revisión documental ante la Semovi, y a una Inspección físico – mecánica en los Centros de Verificación Vehicular.

La inspección físico – mecánica tiene como objetivo que las unidades se encuentren en buen estado para garantizar la seguridad de los usuarios.

Se revisará:

  • Identidad del vehículo
  • Sistema de dirección
  • Suspensión
  • Frenos
  • Equipo de Seguridad
  • Parabrisas y limpia parabrisas
  • Cristales laterales y traseros
  • Luces delanteras
  • Carrocería
  • Aire Acondicionado
  • Llantas
  • Puertas

En caso de que se presenten fallas, los titulares tendrán un determinado tiempo para subsanarlas.

  • Fallas nivel 1: Corregir en un plazo no mayor a 180 días naturales, las fallas enunciadas en el diagnóstico, a partir de la fecha de la notificación de la falla. En este supuesto, y transcurrido el periodo señalado, la Secretaría podrá hacer del conocimiento del Titular de la Constancia de Registro que el vehículo deberá acreditar que la falla fue subsanada.
  • Fallas nivel 2: Corregir en un plazo no mayor a 30 días naturales, las fallas enunciadas en el diagnóstico, a partir de la fecha de la notificación de la falla. En este supuesto y transcurrido el periodo señalado, la Secretaría podrá hacer del conocimiento del Titular de la Constancia de Registro que el vehículo deberá acreditar que la falla fue subsanada.
  • Fallas nivel 3: Corregir en 72 horas, las fallas enunciadas en el diagnóstico, a partir de la hora en que se notifique la falla. En este supuesto y transcurrido el periodo señalado, la Secretaría podrá hacer del conocimiento del Titular de la Constancia de Registro que el vehículo únicamente podrá circular para ser trasladado al taller mecánico de su preferencia y posteriormente deberá acreditar que la falla fue subsanada.

Una vez que la semovi valide toda la documentación y que se aprobó la revisión de las unidades, la semovi emitirá la Constancia de Validación Vehicular 2020.

Quien incumpla con este procedimiento, podrá ser sancionado con la revocación de la Constancia de Registro Vehicular, de la respectiva unidad.