Nueva verificación vehicular en México

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La Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación, la nueva norma oficial de verificación vehicular para México, NOM-236-SE-2021 “Condiciones fisiomecánicas de los vehículos con peso bruto vehicular que no exceda 3,857 kg” y que entrará en vigor el próximo noviembre 2022.  

¿Esto qué quiere decir?, que en seis meses los autos de uso particular deberán someterse a una revisión de sus condiciones físico-mecánicas para poder circular en el territorio nacional. 

Cabe mencionar que esta revisión es independiente a la verificación vehicular actual y aplica en todos los estados del país.  

¿En qué consiste la nueva verificación, qué se va a revisar?  

  • Acondicionamiento exterior: carrocería y chasis; puertas y cofre; parabrisas y ventanas; limpiaparabrisas y lavaparabrisas; visión indirecta (espejos y/o cámaras); soporte exterior de llanta auxiliar. 
  • Acondicionamiento interior: asientos y sus anclajes; cinturones de seguridad y sus anclajes; velocímetro; claxon. 
  • Sistema de iluminación: faros delanteros, luz de reversa, luces direccionales, luces de advertencia (intermitentes), luz de freno, luz de matrícula (placa trasera), luces de posición (cuartos), luces de identificación. 
  • Sistema de frenos: freno de servicio (freno principal o de pedal), freno de estacionamiento, pedal del freno de servicio; servofreno (booster) y bomba principal (cilindro maestro), tubos del sistema de frenos, mangueros del sistema de frenos, materiales de fricción de freno, tambos y discos. 
  • Sistema de dirección: desalineación de llantas, volantes y columna de dirección, caja de dirección; brazos, barras y rótulas, servodirección (dirección asistida). 
  • Sistema de suspensión: ejes y barras tensoras, rines, llantas; resortes, soportes amortiguadores y muelles; eficacia de la suspensión, barra de torsión y estabilizadora; brazos, horquillas y rótulas de suspensión. 
  • Motor y transmisión: estado general del motor, batería y sistema eléctrico; sistema de alimentación del motor, sistema de escape, estado de la transmisión.  

¿Quiénes están obligados?:  

  • Autos con un peso menor a 3.857 kilos  
  • Autos nuevos salidos de la agencia 
  • Vehículos de transporte público. 

Vehículos exentos:  

  • Autos de menos de 400 kilogramos  
  • Coches con placas de auto antiguo  
  • Vehículos todo terreno  

¿Cada cuándo se tiene que realizar esta verificación?: 

  • Vehículos de transporte particular nuevos (aquellos que se comercializan por primera vez y con no más de 1,000 km recorridos): la primera verificación será cuatro años posteriores a la fecha de su comercialización. A partir de entonces, cada dos años hasta el noveno año. 
  • Vehículos de transporte particular de 10 años o más posteriores a la fecha de su comercialización como vehículo nuevo: cada año 
  • Vehículos de uso intensivo: cada año después de la fecha de su comercialización como vehículo nuevo. 

El costo por cada vehículo será de aproximadamente 900 pesos, tarifa que se estimó bajo un escenario “elevado”, con el objetivo de no subestimar los costos, es decir, no será el precio final, de acuerdo con la Secretaría de Economía.