Mutilar y tatuar mascotas está prohibido en Nuevo León

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El Congreso de Nuevo León aprobó la prohibición para perforar, poner piercings, tatuar o cortar la cola de las mascotas domésticas.

En sesión ordinaria, el Pleno del Legislativo dio luz verde a una reforma a la Ley de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad del Estado, bajo el argumento de causarles un daño físico.

El documento contempla prohibir acciones como la alteración de la integridad física con el objeto de transformar su apariencia o conseguir un fin estético de los animales, tortura, envenenamiento, tormentos, privación habitual o continua del sustento necesario para el animal.

Entre ellos el agua, alimento, atención médica o refugio, dar muerte por métodos no previstos en esta Ley, que los cause o promueva que se trate de esta manera a cualquier animal.

Se prohíbe la mutilación de la cola o rabo, de las orejas, la sección de las cuerdas vocales; extirpación de uñas y dientes; y cualquier otra que altere su integridad física, su comportamiento o instinto natural.

Tampoco se puede alterar de manera temporal o permanente la piel de los animales domésticos mediante la realización de tatuajes con fines estéticos, salvo que sea por cuestiones de salud, control natal, identificación o marcaje de la especie de que se trate o sea por motivos de piedad, lo cual deberá acreditarse.